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En caso
de fallecimiento:
En caso de fallecimiento del Asegurado,
los interesados deberán presentar a la Compañía
todos los informes y evidencias sobre los hechos y circunstancias
del siniestro a efectos de determinar la causa.
Certificado
de Defunción inscrito y debidamente oficializado
en el Registro Civil.
Certificado
Médico y del Médico forense o de óbito.
Certificado
de nacimiento.
Contrato
de Préstamo.
Último
recibo de pago al beneficiario de la cuota de amortización,
intereses y otros si hubieran.
Copia
del movimiento de la cuenta del Asegurado y Documentos
que sustenten el saldo de la deuda a la fecha de fallecimiento
del Asegurado.
Copia
del Contrato de Préstamo.
Todo
otro documento que a juicio de la compañía
pudiera requerir como elemento sustentatorio.
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RESTRICCIONES
Y RIESGOS NO CUBIERTOS
La compañía no cubre y
estará eximida de toda responsabilidad en caso
de fallecimiento del asegurado por las siguientes causas:
Si
el asegurado participa como conductor o acompañante
en competencias de automóviles, motocicletas, lanchas
a motor o aviones, práctica de paracaidismo, aladeltismo,
cacería de cualquier tipo, u otra actividad que
represente alto riesgo.
Si
el asegurado realiza operaciones o viajes submarinos o
en transportes aéreos no autorizados para transporte
de pasajeros.
Si
el asegurado participa como elemento activo en guerra
internacional o civil, rebelión, sublevación,
guerrilla, motín, huelgas, revolución y
toda emergencia como consecuencia de alteración
del orden público, a no ser que se pruebe que la
muerte ocurrió independientemente de la existencia
de tales condiciones anormales.
Enfermedad
preexistente, entendiéndose como tal aquella enfermedad,
lesión, condición o síntoma, congénita
o no, que se ah originado con anterioridad a la contratación
del seguro y por la cual el asegurado ha recibido tratamiento
médico, o le recomendaron exámenes para
diagnóstico, o tomó medicinas recetadas
o recomendadas por un médico.
Suicidio,
antes del segundo año de asegurado en forma interrumpida.
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